Camara
Argentina de
y
Actividades Inmobiliarias
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CIRCULAR
Nº 83
Diciembre
de 2007 |
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RECORDAMOS
EL VENCIMIENTO DE |
Mediante
Cuando
los montos de las expensas y otros conceptos análogos resulten iguales o
superiores a $ 3.600.00 durante cada semestre
calendario y al mismo tiempo la superficie de las unidades sea igual o
superior a
El administrador deberá informar cuando se superen ambos parámetros, el
monto de las expensas y la superficie a la vez.
PRESENTACION
POR INTERNET
– La información se
suministrará mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio
web de este organismo (http://www.afip.gov.ar),
En el caso de que en un período determinado no hubiera información
a suministrar dentro de los parámetros establecidos en el presente régimen, se
deberá informar a través del sistema la novedad “sin movimiento”.
Cuando de acuerdo con lo previsto en el párrafo que antecede se
verifiquen al menos tres presentaciones sucesivas “sin movimiento”, los
responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas
en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva información
alcanzada por el presente régimen.
IMPORTANTE:
VENCIMIENTOS
PARA LAS PRESENTACIONES
–
Los sujetos obligados deberán proporcionar la información hasta las fechas
que, según el período a que correspondan, se indican a continuación:
a)
Primer semestre calendario de cada año: hasta el último día hábil del mes de
julio del mismo año calendario, inclusive.
b)
Segundo semestre calendario: hasta el último día hábil del mes de febrero del
año calendario inmediato siguiente al período que se informa, inclusive.
