Circular Nº 79                                                                                          Noviembre de 2007

 

NOVEDADES EN EL SECTOR INMOBILIARIO

A PARTIR DEL 1º DE ENERO PROXIMO LOS ESCRIBANOS DEBERAN INFORMAR TODAS LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS EN QUE INTERVENGAN

 

 

Hasta ahora los escribanos debían informar a la AFIP , mediante el aplicativo “AFIP DGI-CITI Escribanos-Versión 2.0” , las operaciones de compraventa inmobiliaria superiores a $ 80.000,00, suma que se devaluó a partir del año 2002 ya que pasó de U$S 80.000,00 a U$S 25.000.00 aproximadamente, mientras que otras operaciones, como actos gratuitos dación en pago y otros no eran informados.

Ahora la Resolución General nº 2351, publicada en el Boletín Oficial del 26/11/07, establece nuevas normas.

A partir del 1º de enero los escribanos informarán todas la operaciones, desaparece el tope de $ 80.000,00 y además deberán incluir las daciones en pago, operaciones con fideicomisos, actos gratuitos y otros, además de la constitución de hipotecas deberán informar su cancelación ya sea parcial o total.

Las operaciones que deben informar son las siguientes:

1. Compraventa.

2. Dación en pago.

3. Aportes a Sociedades.

4. Escisión de Sociedades.

5. Fusión de Sociedades.

6. Fideicomisos.

7. Permuta.

8. Actos Gratuitos.

9. Hipotecas (constitución).

10. Hipotecas (cancelación parcial).

11. Hipotecas (cancelación total).

12. Cesiones de Créditos Hipotecarios.

13. Actos Simultáneos.

A partir del 1º de enero deberán utilizar la nueva Versión 3.0 del aplicativo “AFIP DGI CITI Escribanos”,  que incluye las nuevas operaciones a informar.

El texto de esta resolución general está a disposición de los asociados que lo soliciten.

 

 

 

 

Dr. Roberto Manuel Kinsella

                                                                         Contador Público (U.B.A.)

                                                                       Asesor Contable – Impositivo