Circular Nº 78                                                                                 Noviembre de 2007

 

REGIMEN DE RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS RESOLUCION 2355 DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES  -     ACLARACIONES

 

Respecto de nuestra circular Nro. 74, que se refiere al régimen de retenciones del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires (SITRIB), informamos que, cuando se trate de administradores, en el punto 4 de la misma donde dice:

 

“4. que el código de actividad por el que se halle inscripto en IIBB sea el 702200.”

 

Debe decir:

 

“4. que el código de actividad por el que se halle inscripto en IIBB sea el 702300.

 

            Aclaramos que en el anexo I de la Resolución 2355/DGR/07 dice:

 

“702200 - SERVICIOS INMOBILIARIOS REALIZADOS A CAMBIO DE UNA RETRIBUCIÓN O CONTRATA”

“702300 - SERVICIOS DE ADMINISTRADORES MARTILLEROS, REMATADORES Y COMISIONISTAS.”

 

            Conviene consignar el código que corresponde a servicios de administradores cuya actividad esta gravada al 3% mientras que la actividad de servicios inmobiliarios tributa el 4,9%.

 

====================================================

 

DECLARACION JURADA LEY 941

 

Por este medio CONFIRMAMOS a Usted que aun NO hay fechas de presentación de las declaraciones juradas que impone la ley 941 GCABA.

 

Efectuamos la presente aclaración porque en  el Nº 286, Septiembre-Octubre/2007 de la Revista Propiedad Horizontal , que se encuentra en este momento en  distribución,       (página 31    –recuadro ubicado en la parte superior derecha–)  se consignó erróneamente “en estos días hay que presentar la declaración jurada de acuerdo con la ley 941...”

 

Ni bien existan novedades, se las haremos saber.

 

Saludamos a Usted  muy atentamente.

 

Consejo Directivo