Camara Argentina de la Propiedad Horizontal

y Actividades Inmobiliarias

CIRCULAR Nº 28                                                                                                                                     mayo de 2007

 

DECLARACIONES JURADAS MENSUALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL , FORMULARIO F.931–NUEVO APLICATIVO VERSIÓN 28

 

            Mediante la Resolución General 2252 la AFIP ha puesto en vigencia una nueva versión del programa aplicativo denominado “Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones – Versión 28.

            La misma deberá ser utilizado para las declaraciones que se generen a partir del periodo junio de 2007, no obstante en los casos de empleadores que  durante abril /2007 hayan abonado remuneraciones superiores a $ 4.800,00 y hayan utilizado la versiones anteriores del aplicativo, deberán presentar una declaración rectificativa por dicho período, confeccionada mediante la versión 28.

            Es importante destacar que las declaraciones confeccionadas con la versión 28 deberán ser presentadas exclusivamente por Internet, mediante la página web de la AFIP.

            Es necesario tener en cuenta los nuevos topes que se aplican para el cálculo de los aportes y contribuciones, en todos los casos el tope mínimo es de $ 240,00 (3 MOPRES x $80,00 c/u), y el tope superior en algunos casos es de $4.800,00 en otros $ 6.000,00 y en otros no existe tope (se aporta sobre el total de la remuneración).

Los topes máximos son los que siguen:

ANEXO I - Bases imponibles máximas

Conceptos

Base imponible máxima

Aportes al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (S.I.J.P.), Ley 24.241 y sus modificaciones

$ 6.000 (*)

Aportes al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (I.N.S.S.J.P.), Ley 19.032 y sus modificaciones

$ 4.800

Aportes Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley 23.660 y sus modificaciones

$ 4.800

Aportes Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley 23.661 y sus modificaciones

$ 4.800

Cuotas Ley de Riesgos del Trabajo (L.R.T.), Ley 24.557 y sus modificaciones

$ 4.800

Contribuciones Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley 23.660 y sus modificaciones

$ 4.800

Contribuciones Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley 23.661 y sus modificaciones

$ 4.800

Contribuciones Leyes 24.241 y sus modificaciones, 19.032 y sus modificaciones, 24.714 y sus modificaciones y 24.013 y sus modificaciones

Sin límite máximo

(*) En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes 24.016, 24.018, 22.731 y 22.929, el cálculo de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones se efectuará sin considerar límite máximo para su base imponible.

Lo que traslado al cuadro de Remuneraciones del aplicativo para confeccionar el Formulario F. 931 resulta:

Rem.1:

Cálculo de Aportes SIJP e INSSJP y LRT

6.000,00

Rem.2:

Cálculo de Contribuciones SIJP e INSSJP

SIN TOPE

Rem.3:

Cálculo recontribuciones al FNE, AAFF y RENATRE

SIN TOPE

Rem.4:

Cálculo de Aportes y Contribuciones de Obra Social y ANSSAL.

 

4.800,00

Rem.5:

Cálculo de Aportes y Contribuciones Dto. 1273-2641/02

4.800,00

Rem.6:

Cálculo de Aporte Diferencial

SIN TOPE

Rem.7:

Cálculo de Aporte 11% s/excedente Rem. 1 (Res. 33 y 41 SSS)

PORCION DE REMUNERACION QUE SUPERE EL TOPE DE 60/90 MOPRES

NOTA LAS REMUNERACIONES 6 Y 7 se refieren a personal docente e investigadores científicos y tecnológicos.