PERU  5 7 0  -  C 1068AAB  CAPITAL FEDERAL                           Tel. 4342-5128 / 2232 - 4331-9968 -  4345-0010 

                                                                                                           e-mail: camara@caphai.com.ar

Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal

y Actividades Inmobiliarias

 

CIRCULAR n º  8                                                                                   FEBRERO  de 2008

 

SOLICITAMOS   OPINIONES   SOBRE   ARTICULADOS   DEL   VIGENTE   CONVENIO COLECTIVO   DE   TRABAJO      378/74

           

Como todos los años nuestra Cámara debe concurrir con sus representantes paritarios como parte empleadora al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.-

 

En esta oportunidad se cristalizará un acuerdo de un sistema de consultas no vinculantes a los fines de que sea utilizado por propietarios en forma directa, en donde se evacuarán todas las consultas y dudas que este a su alcance y que sea de su competencia.-  Es el Servicio de Conciliación Laboral Optativo para el régimen de la Propiedad Horizontal, en adelante denominada “SE.CO.PR.HOR”.-

 

Y como esta convenido actualizar y analizar posibles reformas al convenio vigente, deseamos de su parte colaboración proponiéndonos todo lo que considere de su interés relacionado a los articulados del actual convenio colectivo de trabajo que merezcan correcciones, modificaciones; como asimismo temas vinculantes al mismo que en el ejercicio de su profesión y actividad le hubieran causado inconvenientes.-

 

El año pasado se les envió mediante circular el convenio actual con modificaciones y observaciones para que cada uno de ustedes estuviera en conocimiento.-

 

Debe usted saber que quienes componen la comisión paritaria ya poseen elaborado un sin numero importante de correcciones a ser tratadas, las cuales, oportunamente se darán a conocer.-  Las mismas están referidas a jornadas, categorías profesionales, capacitación, etc...y dejar muy en claro que en esta actividad no existe competitividad ni productividad laboral que pueda incidir en las fórmulas, que por separado, de estas negociaciones, implicará considerar oportunamente las expectativas salariales.-

 

 Solo cabe esperar que todos los que participan en estas negociaciones paritarias actúen con responsabilidad considerando no sólo los beneficios inmediatos que pueda proporcionar una negociación, sino los intereses de más largo plazo de sus representados.

 

 

   Atentamente

 

                                                                       CONSEJO  DIRECTIVO